Familia
Acuerdos que cuidan a los hijos y ordenan lo que viene.
- Pensión de alimentos
- Tenencia
- Régimen de visitas
Cada una en su orilla, convencida de tener razón.
Una deuda, un desalojo, la pensión de los hijos.
Con un conciliador acreditado en medio, sin bandos.
La conciliación extrajudicial es una audiencia en la que las dos partes, con un conciliador acreditado, llegan a un acuerdo que tiene la misma fuerza que una sentencia para cumplirse.
Casi todo lo que se puede acordar entre personas. Si no sabe si su caso entra, pregúntenos antes.
Acuerdos que cuidan a los hijos y ordenan lo que viene.
Lo que se debe, lo que se ocupa y lo que se reparte.
Diferencias que se resuelven conversando, antes de demandar.
En línea o en el local, en tres minutos. Le pedimos lo mínimo.
La invitación la envía el centro, con constancia. Usted no tiene que hablarle.
Un conciliador acreditado dirige la conversación, con calma y sin bandos.
El acuerdo firmado tiene mérito de ejecución: se cumple, o se ejecuta ante el juez.
Comparación orientativa. Cada caso es distinto: el centro le explica el suyo antes de la audiencia.
Un buen acuerdo vale más que un juicio largo.
Queda constancia de que fue invitada. Se levanta el acta que corresponde, que es la que la vía judicial exige si después decide demandar.